FLACCA MIGUEL ROQUE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda por reajustes de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó la actualización de los aportes autónomos conforme criterios jurisprudenciales.
Reajustes en el cálculo de su haber jubilatorio
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia, modificando aspectos vinculados a la actualización de los aportes autónomos, la aplicación del precedente "Villanustre", la inconstitucionalidad del art. 26 de la Ley 24.241 y la imposición de costas. Confirmó lo demás decidido. La Cámara Federal de la Seguridad Social estableció que para la actualización de los aportes autónomos anteriores a julio de 1994 se debe aplicar la metodología establecida en el fallo "Volonté", mientras que para los posteriores se aplicará el ISBIC, salvo que exista una confiscatoriedad mayor al 15%. A partir de febrero de 2009 se actualizará conforme las Leyes 26.417 y 27.426. Respecto al precedente "Villanustre", la Cámara lo declaró inaplicable al caso. En cuanto a la inconstitucionalidad del art. 26 de la Ley 24.241, la Cámara revocó ese punto por considerar que no se acreditó el perjuicio concreto. Finalmente, impuso las costas por su orden.
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