BRINGAS RAUL ALFREDO c/ MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor reclamó la incorporación en su haber de retiro de los aumentos previstos por decretos. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia, revocando el plazo de 90 días para abonar los aumentos.
Incorporación en el haber de retiro de los aumentos previstos por diversos decretos.
¿Qué se resolvió?
- El tribunal de primera instancia hizo lugar a la demanda y ordenó a la demandada abonar los aumentos correspondientes en un plazo de 90 días.
- La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia, manteniendo la orden de pago de los aumentos pero eliminando el plazo de 90 días, por considerar que dicha obligación queda comprendida en las normas presupuestarias vigentes.
- La Cámara confirmó el resto de la sentencia, incluyendo la imposición de costas.
Fundamentos relevantes:
- "no se advierte que el plazo establecido en la sentencia resulte violatorio de las normas presupuestarias en vigor y aquellas citadas por la recurrente, razón por la cual los agravios deberán ser desestimados en torno a este punto."
- "la manda que impone a la demandada relativa a abonar dentro de los 90 días de quedar firme la sentencia a la parte actora las sumas resultantes de la inclusión de los suplementos previstos por el decreto 1305/12, 245/13, 855/13, 614 /14, 812/14 y 967/15 y resoluciones ampliatorias, dicha cuestión queda encuadrada en las obligaciones comprendidas en las normas presupuestarias en vigor."
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