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HIRSCH PABLO CESAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra la ANSES por reajustes previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad de la metodología de actualización dispuesta por la Ley 27.426.

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Reajustes previsionales

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia de primera instancia. Declara la inconstitucionalidad de la metodología de actualización dispuesta por el art. 3 de la Ley 27.426 y ordena que las remuneraciones consideradas para el cálculo del haber inicial se actualicen conforme los precedentes "Elliff" y "Blanco" hasta la entrada en vigencia de la Ley 26.417. Confirma lo resuelto en primera instancia respecto a la actualización de la Prestación Básica Universal, la declaración de inconstitucionalidad del art. 9 de la Ley 24.463 y la inaplicabilidad del art. 14.2 de la Resolución SSS 06/09. Ordena calcular los aportes autónomos siguiendo la metodología de "Makler".

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara revocó lo resuelto sobre la actualización de las remuneraciones consideradas para el cálculo del haber inicial, declarando la inconstitucionalidad del mecanismo dispuesto por la Ley 27.426 y ordenando aplicar los precedentes "Elliff" y "Blanco" hasta la entrada en vigencia de la Ley 26.417.
- Respecto a la actualización de la Prestación Básica Universal, la Cámara confirmó lo resuelto por el juez de grado, señalando que dicho análisis deberá efectuarse al momento de practicarse la liquidación de la sentencia, a fin de determinar si la insuficiente actualización genera una disminución confiscatoria.
- La Cámara declaró la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463, en el supuesto que en la etapa de liquidación se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15%.
- En cuanto a los aportes autónomos, la Cámara aplicó la metodología establecida en el precedente "Makler" de la CSJN.

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