REYNAGA SEGUNDO DE JESUS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió reclamo por reajustes en el cálculo de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, precisando los criterios a aplicar para la actualización de las remuneraciones y el cómputo de los aportes autónomos.
Reajustes en el cálculo del haber jubilatorio
- Decisión: La Cámara confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia.
Fundamentos principales:
- Respecto a la actualización de las remuneraciones, se aplicará el índice previsto en la Resolución 140/95 de ANSES, conforme a lo resuelto por la CSJN en "Elliff" y "Blanco".
- Para el cálculo de los aportes autónomos, se debe considerar todos los años y categorías efectivamente aportadas, de acuerdo a la doctrina de la CSJN en "Makler".
- En cuanto al diferimiento de la Prestación Básica Universal, se confirma lo resuelto en primera instancia, siguiendo la jurisprudencia de la Sala en casos análogos.
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