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RAMIREZ ESCOLASTICA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Beneficiario promovió demanda por reajuste de su prestación previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia al ordenar la actualización de los servicios autónomos y un reajuste del haber a enero de 2021.

Prestacion previsional Reajuste Servicios autonomos Actualizacion Movilidad Confiscatoriedad

Reajuste de la prestación previsional
- Decisión: Se revoca parcialmente la sentencia de primera instancia. Se ordena: 1) Actualizar los servicios autónomos conforme criterio de la CSJN; 2) Reajustar el haber a enero 2021 con la diferencia entre lo percibido por decretos y la movilidad suspendida, solo por esos meses. Luego se aplicará la nueva ley.
- Fundamentos:
- Para aportes autónomos previos a Ley 24.241, se aplica metodología de "Volonté" y "Rodríguez Emilio".
- Para aportes post Ley 24.241, se aplica actualización por ISBIC.
- Respecto a PBU, no corresponde limitar actualización por fecha de adquisición, sino evitar confiscatoriedad.
- Se declara inconstitucional art. 26 Ley 24.241 si genera quita >15% (conf. "Actis Caporale").
- Se revoca parcialmente y confirma el resto de lo resuelto en primera instancia.

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