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LUCERO FRANKLIN MARCELO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda por reajustes de su haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad de la metodología de actualización prevista en la Ley 27.426.

Seguridad social Reajuste jubilatorio Actualizacion remuneraciones Isbic Tasa de sustitutividad Precedente villanustre


- Actor: LUCERO FRANKLIN MARCELO
- Demandado: ANSES
- Objeto: Reajustes de su haber previsional
- Decisión: La Cámara revocó parcialmente la sentencia de grado y declaró la inconstitucionalidad de la metodología de actualización prevista en la Ley 27.426 para las remuneraciones comprendidas entre el 31/03/1991 y el 28/02/2009, debiendo utilizarse el índice ISBIC. Difirió el tratamiento de la tasa de sustitutividad mínima y la aplicación del precedente "Villanustre" para la etapa de ejecución de sentencia.
- Fundamentos: La Cámara consideró que para las remuneraciones comprendidas hasta febrero de 2009, correspondía aplicar el índice ISBIC en lugar del RIPTE, si resultaba más favorable para el actor. Para el período posterior, debía aplicarse lo dispuesto en el art. 3 de la Ley 27.426. Respecto a la Prestación Básica Universal, debía recalcularse conforme los precedentes "Badaro" y las normas posteriores. En cuanto a la tasa de sustitutividad mínima y la aplicación del precedente "Villanustre", correspondía diferir su tratamiento para la etapa de ejecución.

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