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LICHARDELLI AGUEDA MAGDALENA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSES por reajustes en su prestación previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó el pago de diferencias de movilidad.

Costas Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Movilidad Prestacion previsional Prestacion basica universal Aportes autonomos


- Actora: Lichardelli Agueda Magdalena

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes en la prestación previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Ordenó al ANSES abonar las diferencias de movilidad correspondientes a los meses de enero y febrero de 2021, y a partir de marzo de 2021 aplicar la nueva ley 27.609. Confirmó lo demás decidido en primera instancia. Fundamentos principales:
- Respecto al cálculo de los aportes autónomos, corresponde aplicar la doctrina de la CSJN en "Makler" y el criterio adoptado por la CFSS en casos análogos.
- En cuanto a la actualización de la Prestación Básica Universal, se aplica el índice "Badaro" y los aumentos posteriores hasta la fecha de adquisición del beneficio o hasta la ley 26.417.
- Se declara la inconstitucionalidad del art. 26 de la ley 24.241 si en la liquidación se acredita una quita mayor al 15% por la aplicación de los topes.
- Respecto al impuesto a las ganancias, se aplica la doctrina de la CSJN en "García".
- Se revoca la imposición de costas a la demandada y se imponen por su orden.

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