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MISSI RUBEN PEDRO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó aumentos en su haber jubilatorio. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la sentencia y rechazó la demanda, convalidando la aplicación retroactiva de la Ley 27.426 sobre la movilidad de los haberes.

Retroactividad Derechos adquiridos Movilidad Haberes previsionales Ley 27 541 Ley 27 609 Ley 27 426

Reajustes en el haber jubilatorio

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda. Fundamentos principales:
- La Ley 27.426 que modificó la movilidad de los haberes previsionales no afecta derechos adquiridos ni el derecho de propiedad, ya que el derecho a la movilidad se devenga y se incorpora al patrimonio del beneficiario recién en marzo de cada año, cuando se aplica el aumento. Por lo tanto, la aplicación retroactiva de la nueva fórmula no es inconstitucional.
- Se convalidó la constitucionalidad de la Ley 27.541 de emergencia económica, por lo que no corresponde un restablecimiento de la movilidad suspendida por esa norma.
- La Ley 27.609 sustituyó el régimen de movilidad a partir del 5 de enero de 2021, por lo que la movilidad de la Ley 27.426 no resulta aplicable desde esa fecha. En disidencia parcial, la Dra. Perez Tognola consideró inconstitucional el art. 2 de la Ley 27.426 por su aplicación retroactiva, al afectar la movilidad de la ley anterior de manera regresiva y confiscatoria.

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