BARGAS JUAN RAMON c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor cuestionó aspectos del cálculo de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó la sentencia de primera instancia y estableció pautas para la actualización de los montos que componen la prestación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El beneficiario Juan Ramón Bargas demandó a la ANSES por reajustes en el cálculo de su haber jubilatorio.
La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y estableció los siguientes criterios:
- Para la actualización de la PBU, se debe considerar la incidencia de la falta de incrementos en uno de los componentes sobre el haber inicial, y en caso de merma, determinar si resulta confiscatoria. Este análisis se hará en ejecución de sentencia.
- Para el cálculo de las rentas de referencia de los períodos autónomos, se deben considerar la totalidad de los años aportados, sin limitarlo a los últimos 15.
- Entre julio 1994 y diciembre 2001 no hubo variaciones significativas en los índices salariales.
- Entre enero 2002 y diciembre 2006 las categorías no tuvieron aumentos suficientes, por lo que deben recalcularse con el índice "Badaro".
- Desde 2007 se aplicarán los aumentos generales de las leyes 26.198, 26.417, 27.426, etc.
- Los aportes ingresados mediante plan de facilidades de pago no serán actualizados.
- El análisis del art. 26 de la ley 24.241 se diferirá para la etapa de ejecución.
- Las costas de la apelación se imponen por su orden.
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