Logo

BRACAMONTE, ARMINDA CAROLINA c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca la decisión de la Comisión Médica Central y ordena otorgar la pensión por invalidez solicitada.

Incapacidad laboral Seguridad social Cuerpo medico forense Ley 24 241 Pension por invalidez Comision medica central

Pensión por invalidez (art. 49 p.4, ley 24.241)

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca la decisión de la Comisión Médica Central que había rechazado el pedido de pensión por fallecimiento. La Cámara considera que el informe del Cuerpo Médico Forense demuestra que la actora padece una incapacidad laboral superior al 66% y, por lo tanto, cumple con los requisitos para acceder a la pensión por invalidez prevista en el art. 48 de la ley 24.241. Fundamentos principales:
- El informe del Cuerpo Médico Forense, que reconoce una incapacidad laboral superior al 66%, tiene validez y debe ser considerado determinante de la verdad jurídica objetiva.
- Las partes no formularon observaciones al informe, por lo que corresponde tenerlo por válido (arts. 473, 474 y 477 CPCCN).
- En virtud de lo dictaminado, la accionante reúne las condiciones exigidas por el art. 48 inc. a) de la ley 24.241 para acceder al beneficio de pensión por fallecimiento.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar