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BRANCE JORGE OSVALDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó la revisión del haber inicial y la movilidad de su prestación previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, diferiendo el análisis de la Prestación Básica Universal para la etapa de ejecución.

Seguridad social Emergencia economica Movilidad Prestacion previsional Prestacion basica universal Ley 26 417 Ley 27 426 Haber inicial


¿Quién es el actor?

Jorge Osvaldo Brance

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recálculo del haber inicial y movilidad de la prestación previsional

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar parcialmente al recurso de apelación, confirmando la sentencia de primera instancia con algunos ajustes. Se difiere el análisis de la Prestación Básica Universal para la etapa de ejecución. Fundamentos principales:
- Respecto al recálculo del haber inicial, se debe aplicar el criterio establecido por la CSJN en los precedentes "Elliff" y "Blanco" para la actualización de las remuneraciones devengadas hasta febrero de 2009, y a partir de marzo de 2009 el índice previsto por la Ley 26.417.
- En cuanto a la movilidad, la nueva fórmula establecida por la Ley 27.426 a partir de marzo de 2018 no genera un perjuicio acreditado, por lo que corresponde su aplicación.
- Se rechaza la impugnación de la actora sobre la validez de la emergencia y las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo respecto a la movilidad, al no evidenciarse irrazonabilidad ni vulneración del mandato constitucional del art. 14 bis.
- Se difiere el tratamiento de la Prestación Básica Universal para la etapa de ejecución, de conformidad con lo dispuesto por la CSJN en el precedente "Quiroga".

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