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LUZZI ALBA GRACIELA c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

La actora promovió demanda de amparo contra ANSES por la falta de movilidad de su prestación previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia que hizo lugar al amparo.

Renta vitalicia Seguridad social Amparo Ley 26 425 Regimen de capitalizacion Movilidad previsional


¿Quién es el actor?

Luzzi Alba Graciela

¿A quién se demanda?

ANSES
- Objeto de la demanda: Obtener la movilidad de la prestación previsional que percibe bajo la modalidad de renta vitalicia.
- Decisión del tribunal: La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia que hizo lugar al amparo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El artículo 14 bis de la Constitución Nacional establece el deber del Estado de otorgar jubilaciones y pensiones móviles.
- Los principios de la seguridad social, como la solidaridad y la universalidad, implican el respeto a la dignidad y libertad de las personas.
- La eliminación del sistema de capitalización por la Ley 26.425 garantizó a los afiliados iguales o mejores prestaciones que las que gozaban previamente.
- Ante la existencia del régimen de capitalización y su posterior eliminación, subsiste la responsabilidad estatal como garante del régimen previsional.
- La renta vitalicia previsional tiene carácter irrevocable, por lo que corresponde ordenar a ANSES el pago de la movilidad.
- En cuanto a la movilidad, se aplicará la doctrina de los fallos "Badaro" y "Padilla".

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