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CAMPILLAY PATRICIA ALEJANDRA c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la decisión que ordenó a la ANSES abonar a la actora la diferencia entre la renta vitalicia que percibe y la que corresponde según las pautas de movilidad.

Caducidad Amparo Renta vitalicia previsional Anses Movilidad jubilatoria Deprati

Aplicación de pautas de movilidad a la renta vitalicia previsional (RVP) que percibe la actora.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó a la ANSES abonar a la actora la diferencia entre la RVP que percibe y la que resulte de aplicar las pautas de movilidad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Corte Suprema ha establecido que el plazo de caducidad de la ley 16.986 no puede constituir un impedimento insalvable cuando se enjuicia una arbitrariedad o ilegalidad periódica o continuada.
- Corresponde aplicar las pautas de movilidad a la RVP conforme la doctrina del fallo "Deprati" de la CSJN.
- Es ajustado el plazo de 30 días fijado por el juez de primera instancia para el cumplimiento.
- Procede la imposición de costas a la vencida.

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