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ALTAMIRANO DIONISIO ORLANDO Y OTROS c/ MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Beneficiarios de Pensión Graciable de la Ley 24.310 obtienen confirmación de sentencia que reconoce su derecho y fija retroactividad de 5 años

Costas procesales Retroactividad Imprescriptibilidad Beneficios previsionales Pension graciable Ley 24 310


- Actores: ALTAMIRANO DIONISIO ORLANDO Y OTROS

¿A quién se demanda?

MINISTERIO DE DEFENSA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reconocimiento del derecho a percibir la Pensión Graciable de la Ley 24.310

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, reconociendo a los actores el derecho a percibir la Pensión Graciable a partir de los 5 años anteriores a los reclamos administrativos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Se debe confirmar lo resuelto por la jueza de primera instancia, ya que los beneficios son imprescriptibles, aunque no lo sean las sumas devengadas en concepto de haberes, por lo que corresponde la retroactividad de 5 años.
- Se deberá tener en cuenta al momento de la liquidación todos los pagos realizados por el Ministerio de Defensa.
- Los jueces no están obligados a pronunciarse sobre todas las alegaciones de las partes, sino sólo sobre aquellas que se estimen decisivas.
- La fijación de un plazo para el cumplimiento de la sentencia es una exigencia ineludible.
- Corresponde confirmar la imposición de costas a la parte demandada vencida.

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