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GARINO OSVALDO PEDRO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda por reajustes de haberes. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, con algunas modificaciones en cuanto a la metodología de actualización de las remuneraciones.

Reajuste previsional Actualizacion de remuneraciones Isbic Ripte Prestacion basica universal Aportes autonomos Metodologia de calculo Doctrina judicial


- Actor: Osvaldo Pedro Garino
- Demandado: ANSES
- Objeto: Reajuste del haber jubilatorio
- Decisión: La Cámara confirmó en lo sustancial la sentencia de primera instancia, con algunas precisiones en cuanto a la metodología de actualización de las remuneraciones. Fundamentos principales:
- Para las remuneraciones devengadas hasta febrero de 2009, se debe aplicar el ISBIC en lugar del RIPTE cuando resulte más favorable.
- Para las remuneraciones anteriores al 31/3/1991, corresponde su actualización conforme doctrina de la CSJN en "Elliff" y "Blanco".
- Respecto a los aportes autónomos, se debe calcular el haber considerando todas las categorías y períodos efectivamente aportados, conforme doctrina del precedente "Makler".
- Se rechaza el agravio sobre la actualización de la Prestación Básica Universal, confirmando lo resuelto en primera instancia.

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