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RIOS ALEJANDRA NOEMI Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Trabajadores de la Policía Federal demandan inclusión de bonificación por trabajos extraordinarios en cálculo de jubilación. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma rechazo de la demanda por no cumplir requisitos para que el suplemento se integre al cálculo del haber.

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Los actores, trabajadores de la Policía Federal, demandaron a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal a fin de que se les incluya en el concepto 01 la bonificación por "trabajos extraordinarios" (concepto 224) que perciben actualmente por un ítem separado, con la correspondiente retroactividad. La Cámara señaló que, según el precedente de la Corte Suprema en "Midón, Osvaldo Luis y otros", para que un suplemento deba ser tomado en cuenta para calcular el haber jubilatorio, se requiere que la norma de creación lo haya otorgado a todo el personal en actividad, sin ser necesario cumplir con ninguna circunstancia específica, o que se demuestre de modo inequívoco que la totalidad del personal en actividad lo percibe. En el caso, la Cámara consideró que no se cumplen esos requisitos para incluir el suplemento por "trabajos extraordinarios" en el cálculo del haber jubilatorio, por lo que confirmó el rechazo de la demanda.

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