CICHELLO CARLOS c/ CAJA DE RETIROS JUBIALCIONES Y PENSIONES DE PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor reclamó la incorporación de los suplementos previstos por el Decreto N°380/17 a su haber de retiro. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, revocando el plazo de 90 días ordenado para la ejecución.
Incorporación de los suplementos previstos por el Decreto N°380/17 al haber de retiro del actor.
- Decisión: La Cámara Federal de la Seguridad Social hizo lugar parcialmente al recurso de apelación. Confirmó la sentencia que ordenaba incorporar los suplementos del Decreto N°380/17 al haber de retiro del actor con carácter remunerativo y bonificable, pero revocó el plazo de 90 días establecido para su cumplimiento, debiendo realizarse conforme las normas presupuestarias vigentes.
- Fundamento principal: La Cámara se remitió a un precedente de la CSJN que concluyó que los suplementos del Decreto N°380/17 revisten carácter remunerativo y bonificable, por lo que deben reflejarse en los haberes del personal policial en pasividad. Sin embargo, modificó el plazo establecido para su cumplimiento al quedar comprendido en las normas presupuestarias.
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