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CICHELLO CARLOS c/ CAJA DE RETIROS JUBIALCIONES Y PENSIONES DE PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor reclamó la incorporación de los suplementos previstos por el Decreto N°380/17 a su haber de retiro. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, revocando el plazo de 90 días ordenado para la ejecución.

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Incorporación de los suplementos previstos por el Decreto N°380/17 al haber de retiro del actor.
- Decisión: La Cámara Federal de la Seguridad Social hizo lugar parcialmente al recurso de apelación. Confirmó la sentencia que ordenaba incorporar los suplementos del Decreto N°380/17 al haber de retiro del actor con carácter remunerativo y bonificable, pero revocó el plazo de 90 días establecido para su cumplimiento, debiendo realizarse conforme las normas presupuestarias vigentes.
- Fundamento principal: La Cámara se remitió a un precedente de la CSJN que concluyó que los suplementos del Decreto N°380/17 revisten carácter remunerativo y bonificable, por lo que deben reflejarse en los haberes del personal policial en pasividad. Sin embargo, modificó el plazo establecido para su cumplimiento al quedar comprendido en las normas presupuestarias.

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