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BLANCO HECTOR NICOLAS Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Jubilados policiales reclaman incorporación de aumentos al haber. La Cámara Federal de la Seguridad Social modifica parcialmente la sentencia y admite los reclamos pero ajusta los plazos de cumplimiento.

Jubilados policiales Decreto 380 17 Aumento remunerativo Haberes jubilatorios Normas presupuestarias

Incorporación de los aumentos otorgados por Decreto 380/17 al haber jubilatorio.
- Decisión: La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar al reclamo, pero modifica el plazo de 90 días para incorporar el aumento, dejando dicha obligación comprendida en las normas presupuestarias vigentes.
- Fundamentos:
- El Decreto 380/17 otorgó un aumento generalizado al personal policial en actividad, por lo que reviste carácter remunerativo y bonificable, debiendo reflejarse en los haberes de los jubilados.
- En cuanto al plazo de 90 días para incorporar el aumento, se revoca por quedar comprendido en las normas presupuestarias, debiendo activarse los mecanismos pertinentes una vez aprobada la liquidación.
- Se confirma la sentencia en lo demás, incluyendo el rechazo de la prescripción anual alegada.
- Las costas se imponen en el orden causado en la alzada.

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