URRICHE, ENRIQUE ALEJANDRO c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)
El actor reclamó el reconocimiento del beneficio de retiro por invalidez, el cual le fue concedido en segunda instancia al confirmarse la incapacidad del 77,01%.
El señor Enrique Alejandro Urriche presentó un recurso de apelación contra el dictamen de la Comisión Médica Central que no reconoció la invalidez necesaria para acceder al beneficio de retiro por invalidez previsto en la Ley 24.241. La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala 3, revocó la decisión de primera instancia y reconoció que el actor cumple con el requisito de incapacidad del 77,01% establecido en la normativa. En tal sentido, ordenó a la ANSES que se pronuncie sobre el otorgamiento de la prestación pretendida y, de ser acordada, la haga efectiva dentro de los 30 días de quedar firme este pronunciamiento. La Cámara consideró que el informe del Cuerpo Médico Forense, que concluyó reconociendo la existencia de una incapacidad laborativa a los fines previsionales del 77,01%, debe ser tenido por válido y determinante de la verdad jurídica objetiva que permite decidir la cuestión planteada, habida cuenta de la seriedad del organismo del que emana y los amplios fundamentos en que se basa.
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