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GARAY GLADYS CRISTINA Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El personal civil de inteligencia reclama el reconocimiento del suplemento por "Cargo y Función" en su haber de retiro. La Cámara revoca parcialmente la sentencia y hace lugar al reclamo, pero confirma el rechazo del suplemento por "Compensación por Vivienda".

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Reconocimiento del suplemento por "Cargo y Función" y "Compensación por Vivienda" en el haber de retiro
- Decisión:
- Se revoca parcialmente la sentencia y se hace lugar al reclamo del suplemento por "Cargo y Función", de conformidad con los considerandos.
- Se confirma el rechazo del reclamo del suplemento por "Compensación por Vivienda", en base a la naturaleza particular y temporal de dicha compensación.
- Se distribuyen las costas en un 50% para cada parte. Fundamentos principales:
- El art. 2 de la Ley 23.627 establece que los suplementos por "Cargo o Función" y "Vivienda" tienen carácter remunerativo para el personal de inteligencia a partir del 1/2/2015.
- Para los períodos anteriores, corresponde el reconocimiento de las diferencias devengadas hasta 2 años antes de la interposición del reclamo administrativo, siempre que dicho lapso no exceda la fecha de adquisición del beneficio de retiro/pensión y hasta el 29/1/2015.
- La "Compensación por Vivienda" tiene carácter particular y temporal, por lo que no corresponde su cómputo para determinar el haber de retiro.

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