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RUBINO JOSE LUIS c/ CAJA RETIROS JUBILACIONES Y PENSIONES PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor reclamó el pago del suplemento por "Función Policial Operativa" y "Función Técnica de Apoyo" en su haber de retiro. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que reconoció el derecho del actor a percibir dichos suplementos como remunerativos y bonificables.

Corte suprema de justicia de la nacion Haber de retiro Suplementos remunerativos Decreto 380 17 Funcion tecnica de apoyo Funcion policial operativa


¿Quién es el actor?

RUBINO JOSE LUIS

¿A quién se demanda?

CAJA RETIROS JUBILACIONES Y PENSIONES PFA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamar el pago de los suplementos por "Función Policial Operativa" y "Función Técnica de Apoyo" en el haber de retiro.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y reconoció el derecho del actor a percibir dichos suplementos como remunerativos y bonificables.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Los suplementos "Función Policial Operativa" y "Función Técnica de Apoyo" creados por el Decreto 380/17 tenían carácter "general", "remunerativo" y "bonificable", debiendo incorporarse al "haber mensual" del personal en actividad.
- La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha confirmado este criterio en los precedentes "Bosso" y "Di Nanno".
- A partir del Decreto 142/22 que suprimió estos suplementos, a esa fecha deberá estarse a lo allí dispuesto.
- Se confirma el plazo establecido para el cumplimiento de la sentencia y la imposición de costas a la demandada vencida.

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