SALAFIA BLANCA CELESTINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió demanda por reajustes previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, estableciendo los índices a aplicar para la actualización del haber y declarando la inconstitucionalidad del art. 26 de la Ley 24.241 en caso de que se acreditara confiscatoriedad.
¿Quién es el actor?
SALAFIA BLANCA CELESTINA
¿A quién se demanda?
ANSES
- Objeto de la demanda: Reajustes varios del beneficio previsional
- Decisión del tribunal: Se confirma parcialmente la sentencia de primera instancia. Se valida la aplicación del índice combinado de la Ley 27.260 para actualizar las remuneraciones consideradas para el cálculo del haber inicial. Se confirma el índice BADARO para la actualización de la Prestación Básica Universal. Se declara la inconstitucionalidad del art. 26 de la Ley 24.241 en caso de que se acredite confiscatoriedad en la etapa de liquidación. Se confirma la imposición de costas a la demandada.
Fundamentos principales:
- La Corte Suprema declaró inválida la Resolución 56/18 de la ANSES por considerar que el Congreso es el único facultado para establecer el índice de actualización de los salarios computables para el cálculo del haber inicial. Por ello, el Decreto 807/16 que dispuso la aplicación del índice combinado de la Ley 27.260 también resulta inconstitucional.
- Respecto a la Prestación Básica Universal, la actualización no se limita a una fecha de adquisición del beneficio, sino que procura evitar la confiscatoriedad de dicho componente.
- Se declara la inconstitucionalidad del art. 26 de la Ley 24.241 en caso de que se acredite que su aplicación genera una quita superior al 15% del haber, conforme la doctrina de la CSJN.
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