CUBILLA PEDRO CELESTINO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda por reajustes en su prestación jubilatoria. La Cámara Federal de la Seguridad Social declaró inconstitucional el método de actualización dispuesto por la ley 27.609 y confirmó el resto de lo decidido en primera instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Pedro Celestino Cubilla, demandó a la ANSES por reajustes en su prestación jubilatoria. La jueza de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda. Ambas partes apelaron. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado. Declaró inconstitucional el art. 4 de la ley 27.609 en cuanto al método de actualización de las remuneraciones para el cálculo del haber inicial, debiendo aplicarse lo resuelto por la CSJN en los precedentes "Elliff" y "Blanco". Confirmó lo demás decidido por la instancia anterior. Respecto a la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), la Cámara rechazó el agravio de la ANSES, entendiendo que la CSJN no limitó su actualización a una fecha determinada de adquisición del beneficio, sino que buscó evitar la confiscatoriedad de ese componente. Ordenó aplicar el índice establecido en "Badaro" y los aumentos dispuestos por leyes y decretos hasta la fecha de adquisición del beneficio o hasta la sanción de la ley 26.417. En cuanto al planteo de inconstitucionalidad de la ley 27.609, la Cámara lo rechazó por no estar acreditado el perjuicio concreto ni configurados agravios suficientes que justifiquen el apartamiento de dicha normativa. Finalmente, confirmó lo resuelto sobre la exención del impuesto a las ganancias y la tasa de interés a aplicar.
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