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GILDENBERGER JORGE ANIBAL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda por reajustes en su haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, dejando sin efecto los aspectos relativos a la aplicación de los arts. 9 y 25 de la Ley 24.241.

Inconstitucionalidad Seguridad social Emergencia economica Movilidad previsional Reajuste haber inicial


¿Quién es el actor?

Jorge Aníbal Gildenberger

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber previsional inicial y posterior movilidad

¿Qué se resolvió?


- Se confirma parcialmente la sentencia de primera instancia
- Se deja sin efecto lo decidido en torno a los arts. 9 y 25 de la Ley 24.241
- Se aplica la actualización de las remuneraciones de acuerdo a la jurisprudencia de la CSJN en "Elliff" y la fórmula de movilidad prevista en la Ley 27.426
- Se rechaza la inconstitucionalidad alegada respecto de las Leyes 27.426, 27.541 y 27.609 y sus normas reglamentarias Fundamentos relevantes:
- La Cámara consideró que no había elementos suficientes para declarar la inconstitucionalidad de las normas de emergencia y movilidad previsional, dado que no se evidenciaba una contradicción manifiesta con la Constitución Nacional.
- Respecto a la movilidad, se aplicó la solución dispuesta por la CSJN en los precedentes "Szczupak", "Rodríguez" y "Bastero", que adoptaban un criterio de movilidad basado en el promedio de variaciones del índice de salarios y costo de vida.
- Se dejó sin efecto la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 9 y 25 de la Ley 24.241, al comprobarse que las remuneraciones cotizadas no superaban el tope establecido en dichas normas.

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