FENIUK MARTA MONICA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora cuestionó la actualización de sus remuneraciones y la movilidad de su prestación previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia y declaró la inconstitucionalidad del método de actualización legal.
Reajustes de la prestación previsional y actualización de remuneraciones
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Declaró la inconstitucionalidad del método de actualización de remuneraciones previsto por la Ley 27.426 para el período comprendido entre el 31/3/1991 y el 28/2/2009, debiendo aplicarse el índice ISBIC. Ordenó al ANSES reajustar la prestación del actor desde enero 2021 con la diferencia de lo que hubiera correspondido aplicar la Ley 27.426 suspendida y lo percibido por los decretos de emergencia, sólo para enero y febrero 2021.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que el método de actualización de remuneraciones previsto por la Ley 27.426 resulta inconstitucional para el período anterior a marzo 2009, por lo que debe aplicarse el índice ISBIC dispuesto por la CSJN. Respecto a la movilidad, debe reajustarse la prestación para los meses de enero y febrero 2021 conforme correspondía por la Ley 27.426 suspendida, y a partir de marzo 2021 aplicar la nueva Ley 27.609.
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