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LICALZI MARIO OSCAR c/ ESTADO NACIONAL - CAJA DE RETIROS JUB.Y PENS.DE LA P.F. s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El Estado Nacional apeló la regulación de honorarios por considerar que no deben incluirse los intereses en la base de cálculo. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la inclusión de los intereses en la base regulatoria.

Intereses Honorarios Cosa juzgada Seguridad social Derechos adquiridos

Impugnación de la regulación de honorarios de la parte actora

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la resolución que aprobó la cuantificación de honorarios, incluyendo los intereses en la base de cálculo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La jurisprudencia del Tribunal Supremo establece que los derechos reconocidos en una sentencia firme quedan incorporados al patrimonio de los interesados y están protegidos por la Constitución, por lo que no pueden ser privados de ellos.
- El principio de cosa juzgada, que otorga eficacia de verdad legal a los pronunciamientos judiciales, impide revisarlos una vez adquirida dicha autoridad.
- Apartarse del principio de cosa juzgada con el fin de establecer una resolución más equitativa puede generar precedentes que a la larga afecten la seguridad jurídica.

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