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PATRI GRACIELA MONICA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó el reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y dejó sin efecto lo decidido sobre la inconstitucionalidad de la ley de movilidad.

Costas Inconstitucionalidad Seguridad social Movilidad de haberes Ley 27 426

Reajuste del haber previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, dejando sin efecto lo decidido sobre la inconstitucionalidad de la ley de movilidad 27.426. Confirmó lo demás decidido en la instancia anterior. La Cámara señaló que la nueva fórmula de movilidad del art. 32 de la ley 24.241, introducida por la ley 27.426, guarda analogía con la pauta adoptada previamente por el tribunal. Indicó que, de acuerdo al art. 7 del Código Civil y Comercial, la ley nueva se aplica a las consecuencias de las relaciones jurídicas existentes, por lo que no corresponde declarar la inconstitucionalidad de la ley 27.426. Asimismo, la Cámara revocó lo dispuesto en primera instancia respecto a aplicar a los haberes de enero y febrero de 2021 la diferencia porcentual entre los aumentos suspendidos y los abonados durante el 2020, por entender que ello resulta improcedente. En cuanto a las costas, las impuso al vencido en primera instancia, de conformidad con el art. 68 del CPCCN, y las estableció en el orden causado en la alzada.

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