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MARQUEZ JOSE CARLOS Y OTROS c/ SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor reclamó el pago del Suplemento por Antigüedad de Servicios en el Servicio Penitenciario Federal. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la sentencia y rechazó la demanda, considerando que la reducción del porcentaje del suplemento no resulta violatoria de derechos constitucionales.

Servicio penitenciario federal Suplemento por antiguedad de servicios Modificacion normativa Haberes de retiro Control judicial de actos administrativos

Pago del Suplemento por Antigüedad de Servicios en la forma en que lo percibían hasta el dictado del Decreto 586/2019 y la Resolución 607/2019.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda. Fundamentos principales:
- La ley establece que el haber de retiro del personal del Servicio Penitenciario Federal debe ser equivalente al 82% de las remuneraciones del personal en actividad.
- El Decreto 586/2019 y la Resolución 607/2019 crearon un nuevo régimen salarial, incluyendo un suplemento por antigüedad del 0,5% del haber mensual, en reemplazo del 2% anterior.
- La modificación del suplemento por antigüedad no implica una disminución confiscatoria de haberes, debiendo analizarse la totalidad de las modificaciones en la estructura salarial.
- Las decisiones sobre fijación de sueldos y componentes de los mismos son facultad de la Administración, correspondiendo al Poder Judicial sólo el control de legalidad y no de oportunidad.

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