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CANDOTTI LUISA NORMA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La accionante solicitó la movilidad de su haber jubilatorio conforme a diversas leyes. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia y ordenó la aplicación de la movilidad suspendida por las leyes de emergencia hasta febrero 2021, así como la incorporación de sumas no remunerativas para el cálculo del haber.

Movilidad Leyes de emergencia Haber jubilatorio Ley 27 541 Sumas no remunerativas Reajustes Ley 27 426


¿Quién es el actor?

Luisa Norma Candotti

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes varios en el haber jubilatorio

¿Qué se resolvió?

Se modifica parcialmente la sentencia de primera instancia. Se declara la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426, se ordena reconocer la movilidad suspendida hasta febrero 2021 y la inclusión de sumas no remunerativas para el cálculo del haber. Los principales fundamentos son:
- Se confirma la declaración de inconstitucionalidad del Decreto 807/16 por invadir facultades del Poder Legislativo.
- Se rechazan los planteos de inconstitucionalidad de las Leyes 27.426 y 27.541, manteniendo lo resuelto en primera instancia.
- Se ordena reconocer las diferencias de movilidad suspendida por las leyes de emergencia hasta febrero 2021.
- Se ordena incorporar las sumas no remunerativas percibidas por la actora para el cálculo del haber, debiendo descontarse los aportes previsionales omitidos.

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