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ARGAÑARAZ JOSE LUIS Y OTROS c/ CRJPPFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Demandantes reclaman incorporación de adicional al haber de retiro. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la sentencia y ordena incorporar el suplemento remunerativo creado por decreto al haber de pasividad.

Decreto 380 17 Funcion tecnica de apoyo Funcion policial operativa Adicional remunerativo Retiro policial Calculo del haber de pasividad

Incorporación al haber de retiro del adicional previsto por el Decreto 380/17

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. Los fundamentos principales son:
- Los suplementos creados por el Decreto 380/17 (como "Función Policial Operativa" y "Función Técnica de Apoyo") otorgaron un aumento generalizado al personal policial en actividad, por lo que deben reflejarse en los haberes del personal en situación de retiro.
- Aun cuando las normas los califiquen como no remunerativos y no bonificables, su carácter general desnaturaliza tal calificación, debiendo ser computados en el haber mensual.
- Los montos de estos suplementos constituyen una parte sustancial de la retribución del personal en actividad, por lo que no pueden ser considerados accesorios.
- La solución adoptada conduce a un adecuado equilibrio patrimonial entre activos y pasivos.

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