PARERA STELLA MARIS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Beneficiaria previsional reclama reajuste en el cálculo de su haber inicial. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la sentencia de primera instancia y fija el índice de actualización.
reajuste en el cálculo del haber inicial de su beneficio previsional
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma lo resuelto en primera instancia. Establece que las remuneraciones para el cálculo del haber inicial deben actualizarse con el índice de salarios básicos de convenio de la industria y la construcción (ISBIC) conforme a la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia (causas "Elliff" y "Blanco"). Respecto a la Prestación Básica Universal, se dispone que su actualización deberá analizarse al momento de ejecución de la sentencia.
Los principales fundamentos son:
- La Corte Suprema ha convalidado en reiterados precedentes la aplicación del índice ISBIC para la actualización de las remuneraciones.
- La Ley 26.417 establece que a partir de su vigencia rige el índice combinado del art. 32 de la Ley 24.241.
- No corresponde aplicar el Decreto 807/16 y la Resolución 56/2018 dado que el beneficio se otorgó con anterioridad.
- Respecto a la PBU, se debe analizar en ejecución de sentencia si su insuficiente actualización produjo una merma confiscatoria del haber total, conforme al criterio establecido en "Quiroga Carlos Alberto".
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