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PRACANICA MIRTA ILEANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora promovió demanda por reajustes en su prestación previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó la sentencia de primera instancia, declarando la inconstitucionalidad de una parte de la normativa aplicada y ordenando el reajuste de los montos correspondientes.

Inconstitucionalidad Movilidad Reajuste Prestacion previsional Actualizacion de remuneraciones


¿Quién es el actor?

Mirta Ileana Pracanica

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste de la prestación previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Declaró la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426 y ordenó el reajuste de la movilidad previsional para ciertos períodos. Los principales fundamentos fueron:
- Confirmó la aplicación de los índices establecidos por la CSJN para la actualización de las remuneraciones.
- Declaró la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426 sobre la movilidad previsional.
- Ordenó el reajuste de la movilidad percibida por la actora durante los meses de enero y febrero de 2021 conforme a la pauta suspendida, y a partir de marzo de 2021 se aplicará la nueva Ley 27.609.
- Confirmó los demás aspectos de la sentencia de primera instancia.

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