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PUCHY ELVIA ERIKA c/ MINISTERIO DE SEGURIDAD Y OTROS s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La actora demandó por el reconocimiento de los suplementos de haberes establecidos por decretos. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y ordenó incorporar al haber mensual del recurrente los suplementos con carácter remunerativo y bonificable.

Remuneracion Gendarmeria nacional Prefectura naval argentina Haberes de retiro Personal militar y de seguridad Suplementos de haberes


¿Quién es el actor?

Puchy Elvia Erika

¿A quién se demanda?

Ministerio de Seguridad y otros

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamó el reconocimiento de los suplementos creados por los Decretos 1307/2012 y 854/2013.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó incorporar al haber mensual del recurrente los suplementos con carácter remunerativo y bonificable, con los fundamentos principales de que los suplementos tienen carácter general y no particular, y que deben trasladarse al haber de retiro y pasividad conforme la normativa de fondo aplicable (Ley 19.349).

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Los suplementos creados por los Decretos 1307/2012 y 854/2013 tienen carácter general, remunerativo y bonificable, y no particular, por lo que corresponde su incorporación al haber mensual del personal retirado.
- El régimen remunerativo previsto en la Ley 19.349 establece que el personal retirado percibirá los suplementos generales a que tenía derecho en actividad.
- La Corte Suprema ha reconocido que los suplementos de carácter general que percibe el personal en actividad deben computarse para determinar los haberes de pasividad.

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