SANCHEZ DOMINGO MARIANO Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Los actores reclamaron el derecho a percibir en sus haberes de retiro los suplementos Función Policial Operativa y Función Técnica de Apoyo. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.
Percibir en sus haberes mensuales con carácter remunerativo y bonificable el suplemento creado por el Decreto 380/17 y sus modificatorios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. La Cámara sostuvo que más allá de la denominación reglamentaria de los suplementos "Función Policial Operativa" y "Función Técnica de Apoyo", los mismos tenían carácter "general", "remunerativo" y "bonificable", debiendo incorporarse al "haber mensual" de los actores. Ello en línea con la jurisprudencia de la Corte Suprema en los precedentes "Bosso" y "Di Nanno". Respecto del plazo de prescripción, la Cámara desestimó el agravio de la demandada y aplicó el plazo bienal previsto en la Ley 23.627, siguiendo la doctrina sentada por la Corte en "Jaroslavsky". También confirmó la imposición de costas a la demandada vencida, de acuerdo al criterio establecido por la Corte en "Zanardo".
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