PEREIRA ANA MARIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió demanda contra ANSES por reajustes de su beneficio previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó adecuaciones en el cálculo del haber inicial.
¿Quién es el actor?
Pereira Ana María
¿A quién se demanda?
ANSES
- Objeto de la demanda: Reajustes de beneficio previsional
- Decisión del tribunal: La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó:
- Realizar el recálculo de la PBU considerando los aumentos generales otorgados por las leyes y decretos, para determinar si existió confiscatoriedad.
- Analizar la eficacia de las reglamentaciones vigentes al momento de las cotizaciones del afiliado como trabajador autónomo.
- Diferir para la etapa de ejecución de sentencia el análisis de la razonabilidad de los arts. 9 y 25 de la ley 24.241, y de los topes establecidos por la Resolución SSS 6/2009 y el art. 26 de la ley 24.241.
- Rechazar la solicitud de aplicación del tope del art. 79 de la ley 18.037 por no estar acreditada la percepción de dos beneficios previsionales.
- Aplicar la tasa pasiva promedio del BCRA.
- Diferir para la etapa de ejecución de sentencia el análisis del descuento por intereses de obra social.
- Reconocer la exención del impuesto a las ganancias sobre las sumas resultantes.
Fundamentos principales:
- La Corte ha establecido que para determinar la confiscatoriedad se debe analizar la incidencia de la ausencia de incrementos de un componente de la jubilación sobre el total del haber inicial.
- Respecto a los aportes como trabajador autónomo, corresponde considerar la totalidad de los años aportados y no sólo los últimos 15 años.
- El examen de constitucionalidad de los arts. 9 y 25 de la ley 24.241 debe hacerse a la luz del precedente "Gualtieri".
- La Corte ha establecido que el tope del art. 25 de la ley 24.241 no es aplicable a remuneraciones anteriores a febrero de 1994.
- Corresponde aplicar la tasa pasiva promedio del BCRA.
- Siguiendo la doctrina de la Corte en "García, María Isabel", corresponde reconocer la exención del impuesto a las ganancias.
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