MILEWSKI VICENTE ANTONIO Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor reclamó el reconocimiento del carácter remunerativo y bonificable de un suplemento previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y estableció lineamientos para la liquidación de los suplementos.
¿Quién es el actor?
MILEWSKI VICENTE ANTONIO Y OTROS
¿A quién se demanda?
CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamar el reconocimiento del carácter remunerativo y bonificable de un suplemento previsional.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Si bien confirmó el carácter remunerativo y bonificable de los suplementos creados por el decreto 2140/2013, estableció que no corresponde la repotenciación de los suplementos ya incorporados al haber mensual del actor bajo el decreto 2744/1993, por cuanto ello implicaría una indebida repotenciación. Sostuvo que la liquidación de las sumas reconocidas no puede partir de la aplicación literal y estricta de los decretos, pues su estructura y fórmula de cálculo ha sido descalificada por la CSJN.
Fundamentos relevantes:
- "Admitir la forma de liquidación propuesta por la magistrada de grado, en lo que se refiere al Dcto. 2744/93, implicaría una indebida repotenciación de otros suplementos ya percibidos por la parte actora, convalidando ello en el carácter "bonificable" con el que fuera reconocida la percepción de los suplementos instituidos por el decreto 2140/2013."
- "El carácter "bonificable" que le fuera reconocido judicialmente a los suplementos previstos por el decreto 2744/93 trajo como consecuencia una suerte de aleación con el rubro 001 "Haber y Antigüedad" como un todo, por lo que no corresponde que el nuevo ingreso de una suma que fuera reconocida a posteriori con el mismo carácter, mientras duró su vigencia, traiga aparejada una disección retroactiva de este nuevo haber -ya consolidado
- al solo efecto de repotenciarlo para luego volver a ingresar al mismo."
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