MESISCA SERGIO VICTOR c/ ANSES s/JUBILACION Y RETIRO POR INVALIDEZ
El actor solicitó el otorgamiento de una jubilación por invalidez, la Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que ordenó a la ANSeS el dictado de una nueva resolución reconociendo el beneficio.
Otorgamiento de jubilación por invalidez en los términos de la Ley 20.475
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que ordenó a la ANSeS el dictado de una nueva resolución reconociendo el beneficio solicitado.
Los fundamentos principales fueron:
- La Ley 20.745 establece que los minusválidos con 20 años de servicios y 45 años de edad (o 50 años como autónomo) tienen derecho a la jubilación ordinaria, siempre que acrediten que durante los 10 años anteriores al cese o solicitud prestaron servicios con una incapacidad mayor al 33%.
- La carga de la prueba recae en quien intenta valerse de ella, y en este caso el interesado acreditó los requisitos, mientras que la ANSeS no logró rebatir de manera contundente los fundamentos de la sentencia apelada.
- El plazo de 30 días para que la ANSeS otorgue el beneficio es razonable, ya que el objeto de la pretensión es la revocación de un acto administrativo denegatorio y no el cobro de sumas de dinero.
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