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BRUGALETTA MARTA SUSANA c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

La actora promovió demanda de amparo por exigirle el abono de la deuda previsional en un único pago, pese a que su beneficio de pensión supera escasamente el haber mínimo. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó el rechazo del recurso.

Declaracion de inconstitucionalidad Situacion de vulnerabilidad Moratoria previsional Ley 27 705 Haber minimo Unidades de pago de deuda previsional


- Actora: Marta Susana Brugaletta

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitud de acceso a la moratoria previsional de la Ley 27.705 sin tener que abonar la deuda en un único pago.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó el rechazo, considerando que la ley establece un régimen excepcional y transitorio, dirigido a personas en situación de vulnerabilidad, y que no es arbitrario exigir el pago en un solo pago cuando el beneficio supera el mínimo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La ley 27.705 crea un plan de pago de deuda previsional con posibilidad de pago en hasta 120 cuotas, pero prevé que quienes tengan un beneficio superior al mínimo deben cancelar la deuda en un solo pago.
- Esta distinción no es arbitraria, pues la ley busca facilitar el acceso a la moratoria para quienes están en situación de vulnerabilidad.
- No corresponde declarar la inconstitucionalidad de la norma, salvo que se demuestre un exceso o arbitrariedad en su aplicación, lo que no ocurre en el caso.
- Si bien la actora tiene ingresos previsionales escasos, ello no torna inconstitucional la exigencia del pago en un solo pago prevista en la ley.

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