MAILHOS STELLA MARIS c/ ANSES s/PENSIONES
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó el otorgamiento del beneficio de pensión a la cónyuge supérstite, al considerar que los años aportados por el causante deben ser reconocidos a pesar de no cumplir con los requisitos legales vigentes.
- Actora: MAILHOS STELLA MARIS
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por otorgamiento de pensión
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al reclamo de la actora y otorgó el beneficio de pensión. El magistrado de primera instancia consideró que, si bien el causante no registraba aportes en los últimos 60 meses previos a su fallecimiento ni se encontraba en actividad, contaba con más de 28 años de servicios aportados, superando el 50% del total exigido. Por ello, entendió que no sería justo que los años aportados no se consideren para que su cónyuge acceda a la pensión, ya que el hecho de encontrarse desempleado no puede redundar en su perjuicio. La Cámara confirmó lo decidido, considerando que la apelación de la ANSES no contenía una crítica concreta y razonada de los argumentos del juez de grado. Además, señaló que es consolidada la jurisprudencia que considera inaplicable lo dispuesto por el art. 22 de la Ley 24.463 en casos como el presente, donde está en juego la concesión de una prestación previsional de naturaleza alimentaria.
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