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SOTO RICARTI ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y modificó el cálculo del haber jubilatorio del actor para ajustarlo a la actualización de las rentas de referencia.

Actualizacion Jubilacion Reajuste Exencion impuesto a las ganancias Indice salarial Rentas de referencia


¿Quién es el actor?

SOTO RICARTI ANTONIO

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por reajustes en el cálculo del haber jubilatorio

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y modificó el cálculo del haber jubilatorio, ordenando la actualización de las rentas de referencia. Los principales fundamentos de la decisión fueron:
- Respecto a la actualización de la PBU, se debe analizar la incidencia de la falta de incrementos sobre el total del haber inicial, en la etapa de ejecución de sentencia.
- Para el cálculo de las rentas de referencia anteriores a julio de 1994, se deben considerar todos los años aportados como trabajador independiente, sin limitarse a los últimos 15.
- Para el período 1994-2001 no hubo variaciones significativas en los índices salariales.
- Para el período 2002-2006 se deben recalcular las rentas tomando el índice establecido en el fallo "Badaro".
- A partir de 2007 se deben incorporar los aumentos generales previstos en las leyes y decretos correspondientes.
- Los aportes realizados mediante planes de facilidades de pago no deben ser actualizados.
- Respecto a la exención del impuesto a las ganancias, se sigue el criterio de la Corte Suprema que considera a los jubilados un grupo vulnerable que merece un trato igualitario.

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