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JUAREZ, CARLOS RENE c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

El afiliado recurrió el dictamen de la Comisión Médica Central que desestimó su solicitud de retiro por invalidez. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó el rechazo y le reconoció el beneficio de retiro por incapacidad profesional.

Ley 24 241 Retiro por invalidez Calculo de incapacidad Incapacidad profesional Amparo previsional Decreto 478 98

¿Qué se resolvió en el fallo?

El afiliado Carlos René Juárez demandó a la ANSES solicitando el otorgamiento del beneficio de retiro por invalidez conforme el art. 49 punto 4 de la ley 24.241. La Comisión Médica Central denegó su solicitud, por lo que el afiliado recurrió dicha decisión. La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala 1, revocó el dictamen de la Comisión Médica Central. Los fundamentos principales fueron:
- El informe técnico de los profesionales intervinientes determinó que las patologías que afectan al recurrente provocan una incapacidad previsional del 61.91%.
- La Corte Suprema ha señalado que no cabe atenerse estrictamente al porcentaje de incapacidad establecido en el Decreto 478/98, cuando de los "factores complementarios" se deriva razonablemente la imposibilidad del afiliado de realizar sus tareas habituales u otras compatibles con sus aptitudes profesionales.
- Esa imposibilidad constituye el eje y el sentido del amparo previsional, por lo que su cuantificación como una proporción variable de la invalidez desnaturaliza el amparo que el legislador dispuso para este tipo de casos.
- La ley 24.241 sólo veda la ponderación de invalideces sociales o gananciales, pero no prohíbe la consideración de la incapacidad profesional, que es la que inhabilita a la persona para realizar las tareas para las que se encuentra calificado.

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