HERNANDEZ MARCELA TERESA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó la actualización de su beneficio previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia y ordenó recalcular ciertos componentes del haber jubilatorio.
Actualización del beneficio previsional
- Decisión: La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó:
- Recalcular la actualización de la PBU conforme los parámetros establecidos por la Corte Suprema
- Actualizar los montos o rentas de referencia de las categorías autónomas de la actora, con diferentes criterios según los períodos
- Diferir el análisis de la razonabilidad de los topes del art. 26 Ley 24.241 y del art. 9 Ley 24.463 para la etapa de ejecución de sentencia
- Eximir del pago de impuesto a las ganancias a las sumas resultantes a favor de la actora
Fundamentos relevantes:
- La comparación para determinar la confiscatoriedad debe hacerse sobre el haber jubilatorio total que percibe el titular, independientemente de si los otros componentes fueron reajustados.
- Para los aportes anteriores a julio 1994, se deben considerar todos los años como trabajador independiente, sin limitar al último 15 años.
- Entre julio 1994-dic 2001, no hubo variaciones salariales significativas.
- Entre 2002-2006, la falta de actualizaciones generó distorsiones, por lo que corresponde recalcular aplicando el índice "Badaro".
- Desde 2007 en adelante, se deben incorporar los aumentos previstos en leyes y decretos.
- Los aportes por planes de facilidades de pago no se actualizan.
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