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BASTERRA SILVIA SUSANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora apeló la tasa de interés fijada y el monto mínimo de la pensión. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia, aplicando la tasa pasiva y el porcentaje del 75% del haber jubilatorio para el cálculo de la pensión.

Tasa de interes Costas Honorarios Seguridad social Reajuste Pension Porcentaje haber jubilatorio

Reajustes en la pensión otorgada bajo la Ley 24.241, derivada de un beneficio de jubilación de la Ley 18.037.
- Decisión: La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Aplicó la tasa pasiva promedio para el cálculo de intereses y el porcentaje del 75% del haber jubilatorio previsto en la Ley 18.037 para determinar el monto de la pensión. Rechazó el pedido de dejar a salvo el monto mínimo de la pensión.
- Fundamentos: 1) La pensión fue otorgada bajo la Ley 24.241, pero derivada de un beneficio de jubilación de la Ley 18.037, por lo que corresponde aplicar lo normado en el art. 52 de esta última ley, esto es, el 75% del haber jubilatorio. 2) Corresponde aplicar la tasa pasiva promedio del BCRA, de acuerdo a la jurisprudencia. 3) Las costas se imponen por su orden, teniendo en cuenta el resultado parcial obtenido. 4) Los honorarios de la actora se reducen al 19% de las sumas respectivas.

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