CHAILE YSABEL CRISTINA c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo ordenando a la ANSES el pago del haber mínimo garantizado.
Acción de amparo para obtener el pago de la diferencia entre el beneficio que percibe y el haber mínimo garantizado.
- Decisión: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al amparo y ordenó a la ANSES abonar a la actora la diferencia entre lo que percibe y el haber mínimo garantizado por el art. 125 de la Ley 24.241.
- Fundamentos: El tribunal consideró que el plazo de caducidad de la acción no puede ser un obstáculo cuando la cuestión versa sobre la protección de derechos que trascienden lo patrimonial, como el derecho a una jubilación digna. Indicó que mantener una diferencia entre los beneficiarios implicaría una discriminación arbitraria, siendo la prestación del haber mínimo un mandato constitucional.
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