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ALONSO LAURA CECILIA c/ ANSES s/PENSIONES

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó el otorgamiento del beneficio de pensión directa a la cónyuge supérstite, al considerar que el causante reunía la condición de aportante regular pese al incumplimiento formal de los requisitos.

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Otorgamiento del beneficio de pensión directa

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y ordenó a la ANSES otorgar el beneficio de pensión directa a la actora. Los fundamentos principales de la decisión son:
- El causante falleció a los 50 años, habiendo acreditado 24 años y 9 meses de servicios con aportes, lo que representa más del 50% del requisito exigido.
- Si bien no cumplía con el requisito de aportes en los últimos 60 meses previos al fallecimiento, la Corte Suprema ha señalado que en estos casos la regularidad del afiliado debe valorarse en forma proporcional a su historia laboral.
- En caso de duda, corresponde estar a la postura que concede la prestación previsional, en atención a la finalidad tuitiva de la seguridad social.
- El art. 22 de la Ley 24.463 sobre plazos para el cumplimiento de sentencias no resulta aplicable en este tipo de procesos sobre el otorgamiento de prestaciones previsionales de naturaleza alimentaria.

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