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Recurso Queja Nº 2 - IMPUTADO: LOPEZ BELLIDO, GONZALO IVAN MATIAS Y OTRO s/INFRACCION LEY 22.415

El Fiscal General interpuso un recurso de queja por retardo de justicia que resultó abstracto ante la resolución dictada por la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán.

Recurso de queja Prescripcion Sobreseimiento Retardo de justicia Ley 22 415


¿Quién es el actor?

Fiscal General Dr. Antonio Gustavo Gómez
- Demandados: López Bellido, Gonzalo Iván Matías y otro

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de queja por retardo de justicia respecto de la causa FTU 35510/2018 "López Bellido, Gonzalo Iván Matías y otros s/ infracción Ley 22.415".

¿Qué se resolvió?

Se declara abstracta la cuestión planteada, ya que la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán dictó sentencia el 7 de agosto de 2023 declarando la extinción de la acción penal por prescripción y sobreseyendo a los imputados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las decisiones de esta Cámara deben atender a las circunstancias existentes al momento del pronunciamiento, aunque sean distintas a las verificables en oportunidad de la interposición del recurso respectivo (Fallos: 312:555; 315:123; entre otros)." "Que ese efecto ha sobrevenido en autos, toda vez del informe producido por el a quo y que fuera remitido a esta Sala vía correo electrónico surge que la Cámara Federal de Apelaciones Tucumán el 7 de agosto próximo pasado dictó sentencia y resolvió "I.
- DECLARAR extinguida la acción penal por prescripción (art. 59 inc. 3 y 62 inc. 2 del CP.), y en consecuencia SOBRESEER total y definitivamente a Gonzalo Iván Matías López Bellido y María Jimena Díaz en orden al delito previsto y penado por el art. 874, inc. 1 d) de la Ley N° 22.415 (art. 334, 335 y 336 inc. 1 del CPPN.), conforme se considera"."

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