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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: TALAVERA LOPEZ, MARIA DELURDE s/INFRACCION LEY 26.364 SOLICITANTE: FLORES, JUAN EDUARDO

Jueces se inhibieron para intervenir en causa por supuesta conexidad con otro expediente. La Cámara Federal de Casación Penal rechazó las inhibiciones al considerar que no existían elementos objetivos que afectaran la imparcialidad.

Recusacion Imparcialidad Inhibicion Conexidad subjetiva Deber jurisdiccional


¿Quién es el actor?

N/A (incidente de inhibición)

¿A quién se demanda?

N/A

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Inhibición de jueces Guillermo A. Quadrini y Mario G. Reynaldi para intervenir en la causa FCR 13425/2014/TO1/CFC1

¿Qué se resolvió?

Se rechaza la inhibición de los jueces

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Los jueces alegaron conexidad subjetiva con imputada de otra causa en la que habían dictado condena, pero la Cámara consideró que ello no implicaba prejuzgamiento o falta de imparcialidad.
- La mera existencia de identidad subjetiva de una imputada no constituye elemento suficiente para inhibirse, debiéndose acreditar elementos objetivos que afecten la imparcialidad.
- Se cita jurisprudencia de la CSJN en "Llerena", "Dieser" y "Lamas" sobre recusación de jueces.
- Los jueces tienen el deber de cumplir su función jurisdiccional salvo que existan razones objetivas que justifiquen la inhibición.

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