Legajo Nº 1 - IMPUTADO: BUSTAMANTE, ALEJANDRO DARIO MIGUEL s/LEGAJO DE CASACION
El actor promovió recurso de casación contra el decomiso de un inmueble decretado por el tribunal oral tras su condena por los delitos de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y lavado de activos. La Cámara Federal de Casación Penal confirmó el decomiso, al considerar que la medida se encuentra debidamente fundada en la sentencia condenatoria firme.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El condenado Alejandro Darío Miguel Bustamante promovió recurso de casación contra la decisión del tribunal oral que dispuso el decomiso de un inmueble de su propiedad ubicado en Bahía Blanca. Bustamante fue condenado por los delitos de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y lavado de activos en el marco de un juicio abreviado. En la sentencia condenatoria firme se tuvo por acreditado que Bustamante prestó su nombre para que Fabián Enrique Accarino, con dinero obtenido de manera espuria, adquiriera el inmueble a fin de introducirlo al circuito económico legal. Al resolver el recurso de casación, la Cámara Federal de Casación Penal destacó que el decomiso constituye una consecuencia legal accesoria de la condena, cuya aplicación es indefectible cuando se acreditan los presupuestos previstos en los arts. 23 del Código Penal y 30 de la ley 23.737. Consideró que los fundamentos expuestos por el tribunal oral para disponer el decomiso del inmueble se encuentran debidamente motivados y ajustados a derecho, por lo que rechazó el recurso de Bustamante.
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