Legajo Nº 3 - QUERELLANTE: SECURITAS ARGENTINA S.A. QUERELLADO: PEREZ, ESTELA MARIANA s/LEGAJO DE CASACION
La empresa Securitas Argentina S.A. interpuso recurso de casación contra la sentencia que absolvió a Estela Mariana Pérez. La Cámara Federal de Casación Penal declaró abstracto el recurso debido a la prescripción de la acción penal.
¿Quién es el actor?
Securitas Argentina S.A. (parte querellante)
¿A quién se demanda?
Estela Mariana Pérez
- Objeto de la demanda: Apoderamiento indebido de comunicaciones electrónicas, en infracción al art. 153 párr. 2 del Código Penal.
- Decisión del tribunal: El Juzgado Federal de Paraná absolvió a Estela Mariana Pérez. Securitas Argentina S.A. interpuso recurso de casación, el cual fue admitido. Posteriormente, el Juzgado Federal declaró extinguida la acción penal por prescripción. La Cámara Federal de Casación Penal declaró abstracto el recurso de casación debido a la prescripción de la acción.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que, según jurisprudencia inveterada de nuestro máximo Tribunal de Justicia, en la teoría de los recursos es ineludible el principio que ordena que éstos sean resueltos de conformidad con las circunstancias existentes al momento de su tratamiento, aunque sean ulteriores a su interposición." "Que el juzgado de anterior intervención, mediante oficio electrónico (cfr. DEO N° 16491368), remitió copia de la resolución dictada el 14 de noviembre de 2024 en la que se resolvió: "(I) DECLARAR LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, por haber operado la PRESCRIPCIÓN, respecto del hecho investigado en autos, esto es, apoderamiento indebido de comunicaciones electrónicas o telecomunicaciones provenientes de cualquier sistema de carácter privado o de acceso restringido, previsto y reprimido por el art. 153, segundo párrafo del C.P. y en función de los arts. 59, inc. 3), 62, inc. 2) y 67 del C .P."
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