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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: RAMOS, FELIPE EDUARDO s/INFRACCION ART.145 BIS DEL CODIGO PENAL SEGUN LEY 26842 y INFRACCION ART.145 TER,1) DEL CODIGO PENAL SEGUN LEY 26842 VICTIMA: IDENTIDAD RESERVADA

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena de Ramos por el delito de trata de personas con fines de explotación laboral, al considerar debidamente acreditada su conducta de ofrecer, acoger y receptar a la víctima aprovechando su situación de vulnerabilidad.

Privacion de libertad Situacion de vulnerabilidad Acogimiento Trata de personas Explotacion laboral Captacion


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal

¿A quién se demanda?

Felipe Eduardo Ramos

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ramos fue condenado por el delito de trata de personas con fines de explotación laboral, en la modalidad de ofrecimiento, acogimiento y/o recepción, agravado por la situación de vulnerabilidad y por haberse logrado consumar la explotación.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa de Ramos, confirmando la condena.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El tribunal valoró correctamente la prueba, sin arbitrariedades, constatando que Ramos ofreció a la víctima un trabajo y la acogió en su vivienda, pero luego la mantuvo privada de libertad sometiéndola a trabajos domésticos y rurales sin remuneración, abusando de su situación de vulnerabilidad.
- La conducta de Ramos encuadra en el delito de trata de personas con fines de explotación laboral, al afectar la libertad de autodeterminación de la víctima, más allá de que se hayan cumplido o no con las condiciones mínimas de trabajo.
- No se verificó afectación al principio de congruencia ni al derecho de defensa de Ramos.

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